Durante
la Asamblea
[ Para
volver a las elecciones ]
Reglamento
de sesiones
Reglamento de sesiones (traducción)
tal como fue aprobado por el Consejo de la FLM en su reunión de
2002 celebrada en Wittenberg, Alemania, y que se deberán aprobar
por la Asamblea durante su primera sesión plenaria en Winnipeg.
3.2.6
Comité de Candidaturas
Este
comité estará integrado por una persona que preside y catorce
vocales.
Presentará
al plenario las candidaturas a la Presidencia de la FLM y al Consejo,
de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la FLM.
Además informará a la Asamblea que la sala podrá presentar otras
candidaturas por escrito y con la firma de diez delegados/as como
mínimo.
El Comité
de Candidaturas presentará su primer informe al plenario, al menos
24 horas antes de presentarle el informe final.
Tras el
primer informe podrán presentarse las candidaturas de la sala hasta
que el/la presidente declare en el plenario por escrito por
terminada esta etapa, lo que normalmente sucederá al terminar la
sesión que sigue a la sesión en que se presentó el primer
informe. La lista de candidaturas se cerrará antes de finalizar el
tercer día después de la apertura oficial de la Asamblea.
Una vez
concluida la etapa de nominaciones, el Comité de Candidaturas, tras
consultar con los delegados/as de aquellas iglesias a las cuales
pertenecen las personas propuestas por la sala, para así garantizar
el correspondiente aval de las mismas, añadirá dichas candidaturas
a la lista, dando a conocer el resultado de las consultas con los/as
representantes de las iglesias en cuestión.
4.1.5
Elección del/de la Presidente y miembros del Consejo
4.1.5.1 Sesión:
La elección tendrá lugar en la sesión plenaria siguiente a
aquella en que el Comité de Candidaturas presenta el informe
final. El horario de la elección se anunciará al plenario por
escrito y al menos un día antes de la misma. La elección deberá
tener lugar antes de terminar el quinto día después de la
apertura oficial de la Asamblea.
4.1.5.2 Quórum:
Las tres cuartas partes del número de personas inscritas como
delegados deberán estar presentes para que el voto proceda.
4.1.5.3 Si
hay una sola candidatura: Se aplicará el sistema de mayoría
positiva, es decir, que el candidato deberá obtener más de la
mitad de los votos; los votos en blanco y los votos anulados se
considerarán votos "en contra". Cuando no se consiga
dicha mayoría, se pedirá al Comité de Candidaturas que vuelva a
presentar una o más candidaturas.
4.1.5.4 Si
hay dos candidaturas: La primera votación se regirá por el
sistema de mayoría positiva. Si ninguna de las dos candidaturas
la obtiene, habrá una segunda votación y resultará electa la
candidatura que consiga la mayor cantidad de votos. En caso de
empate, la persona que preside la sesión echará a suerte la
designación de la persona vencedora.
4.1.5.5 Si
hay más de dos candidaturas: La primera votación se regirá
por el sistema de mayoría positiva. Si ninguna persona la obtiene,
habrá una segunda votación para elegir entre las dos personas
más votadas y resultará electa aquella que obtenga la mayor
cantidad de votos. En caso de empate, la persona que preside la
sesión echará a suerte la designación de la persona vencedora.
> Para
volver a las elecciones
[Mapa
del sitio] [Portada
Asamblea] [Enlaces]
[Portada FLM (inglés)] |